19 de mayo de 2025

Papado e infalibilidad

Autor: Fernando Pascual

Uno de los aspectos más importantes y no siempre bien comprendidos de la misión de los Papas consiste en la “infalibilidad”. Un término que muchos no han estudiado en profundidad, y que a otros les resulta casi provocativo. ¿Puede un hombre, dicen algunos, hablar y enseñar sin equivocarse?

Expliquemos un poco en qué consiste la infalibilidad papal. La Iglesia no nace como una organización humana más. Viene de Dios, fue fundada por Cristo (Dios y Hombre verdadero), vive gracias a la acción continua del Espíritu Santo (como lo demuestran los casi 2000 años de nuestra historia).

La Iglesia, por lo tanto, cuenta con una especial ayuda de Dios. Esto ha permitido que Ella, a pesar de las ideologías, las persecuciones, los engaños, las intrigas humanas, haya podido conservar un tesoro de enseñanzas divinas, presentes tanto en la Sagrada Biblia como en la Tradición.

La asistencia de Dios es particularmente intensa en el corazón de los obispos (por desgracia, no en todos, pues ha habido no pocos obispos herejes). Y, de modo especial, en el obispo de Roma, en el Papa. Gracias a esa asistencia su magisterio, su enseñanza, es, en algunos momentos, infalible.

En la historia reciente de la Iglesia encontramos dos importantes documentos que explican la naturaleza y el sentido de la infalibilidad papal.

El primer documento fue promulgado por el Concilio Vaticano I (1869-1870) y se titula Pastor aeternus, una constitución dogmática aprobada en julio de 1870. La Pastor aeternus se divide en 4 capítulos. El primero trata de la institución por Cristo del primado apostólico de Pedro. El segundo, de la perpetuidad de este primado en los romanos pontífices. El tercero, de la naturaleza y razón de este primado. El cuarto, del magisterio infalible del romano pontífice (del Papa).

La Pastor aeternus ratifica, con una autoridad particular, algo que ha sido constante en la vida de la Iglesia: la certeza de que el obispo de Roma, por ser el sucesor de san Pedro, recibe una luz superior, cuando tiene la intención (que da a entender de modo explícito) de enseñar, de modo definitivo, algo que se refiera a la fe o a la moral en la Iglesia católica. Esto no significa que el Papa pueda enseñar cosas nuevas, distintas de lo que ha sido revelado por Dios. Su infalibilidad se refiere sólo a la Revelación, no a la política o a otros asuntos humanos.

El segundo documento es del Concilio Vaticano II (1962-1965). Se trata de la constitución dogmática Lumen gentium (aprobada en noviembre de 1964), dedicada a exponer la naturaleza de la Iglesia.

En el n. 25, la Lumen gentium explica cómo hay que entender la infalibilidad de la Iglesia y, en ella, la infalibilidad del Papa. Lo primero que hay que recordar es que la “infalibilidad que el Divino Redentor quiso que tuviera su Iglesia cuando define la doctrina de fe y de costumbres se extiende a todo cuanto abarca el depósito de la divina Revelación entregado para la fiel custodia y exposición”. Tal infalibilidad, continúa el n. 25, “compete al Romano Pontífice, Cabeza del Colegio Episcopal, en razón de su oficio, cuando proclama como definitiva la doctrina de fe o de costumbres en su calidad de supremo pastor y maestro de todos los fieles a quienes ha de confirmarlos en la fe (cf. Lc, 22,32)”.

Las siguientes líneas explican todavía más esta infalibilidad del Papa: “Por lo cual, con razón se dice que sus definiciones por sí y no por el consentimiento de la Iglesia son irreformables, puesto que han sido proclamadas bajo la asistencia del Espíritu Santo prometida a él en san Pedro, y así no necesitan de ninguna aprobación de otros ni admiten tampoco la apelación a ningún otro tribunal. Porque en esos casos el Romano Pontífice no da una sentencia como persona privada, sino que en calidad de maestro supremo de la Iglesia universal, en quien singularmente reside el carisma de la infalibilidad de la Iglesia misma, expone o defiende la doctrina de la fe católica”.

Los dos párrafos que siguen (siempre en el n. 25) completan las ideas anteriores, y nos recuerdan el origen divino de la infalibilidad, gracias a la acción del Espíritu Santo en los corazones del Papa y de los obispos.

“La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el cuerpo de los Obispos cuando ejercen el supremo magisterio juntamente con el sucesor de Pedro. A estas definiciones nunca puede faltar el asenso de la Iglesia por la acción del Espíritu Santo en virtud de la cual la grey toda de Cristo se conserva y progresa en la unidad de la fe.

Cuando el Romano Pontífice o con él el Cuerpo Episcopal definen una doctrina lo hacen siempre de acuerdo con la Revelación, a la cual, o por escrito, o por transmisión de la sucesión legítima de los Obispos, y sobre todo por cuidado del mismo Pontífice Romano, se nos transmite íntegra y en la Iglesia se conserva y expone con religiosa fidelidad, gracias a la luz del Espíritu de la verdad. El Romano Pontífice y los Obispos, como lo requiere su cargo y la importancia del asunto, celosamente trabajan con los medios adecuados, a fin de que se estudie como debe esta Revelación y se la proponga apropiadamente y no aceptan ninguna nueva revelación pública dentro del divino depósito de la fe”.

Todo esto tiene su sentido desde el momento en que Dios no puede privar de una asistencia particular a aquel hombre, el Papa, que es escogido por Él para confirmar a todos sus hermanos, pastores y fieles, en la fe que nos salva.

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